Ministra del Interior respalda licencia laboral por paternidad
- Comisión de la Mujer acumuló proyecto de ley de legisladora Cabanillas
La titular del Ministerio del Interior (MININTER), Mercedes Cabanillas Bustamante, respaldó el dictamen que concede el goce de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada, aprobado hoy por unanimidad en la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social del Congreso de la República.
A dicho dictamen se acumuló el Proyecto de Ley Nº 378, presentado por la también legisladora el 10 de octubre de 2006, el cual –en el mismo sentido– propone establecer este tipo de licencia laboral cuya solicitud debe ser comunicada al empleador con una anticipación de 15 días calendarios a la fecha probable del nacimiento del hijo o hija.
Mercedes Cabanillas explicó que el objetivo de la iniciativa legislativa es establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a una licencia remunerada por paternidad, en caso de alumbramiento de su cónyuge o conviviente para promover y fortalecer el desarrollo de la familia.
Este beneficio es de carácter irrenunciable y no puede ser cambiado o sustituido por pago en efectivo u otro beneficio, señala el mencionado dictamen.
La representante del MININTER destacó ante las integrantes de la Comisión de la Mujer, que existe legislación comparada sobre la licencia por paternidad. Francia, Inglaterra, Dinamarca y Bélgica la otorgan por 14 días, mientras que Portugal, Hungría, Puerto Rico, Brasil y Chile brindan este beneficio por 5 días. Colombia, por 4 días; Uruguay, por 3 días; y España, Guatemala, Paraguay y Argentina otorgan este derecho por 2 días.
“Mediante este proyecto de ley damos a los varones la oportunidad de compartir una experiencia familiar. Muchos de ellos se dan tiempo de participar en charlas, pero con esta norma podrán participar en la crianza de sus hijos”, sostuvo ante los asistentes al Foro “La presencia del padre en los primeros días del nacimiento de un hijo: Fortalecimiento Familiar”.
La representante de la cartera del Interior precisó que esta licencia puede solicitarse dentro de los 30 días desde que se dio de alta a la madre o al recién nacido.
Lima, 29 de abril de 2009
Oficina de Comunicación Social
Ministerio del Interior
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